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Nuevos límites de la Agencia Tributaria a los pagos a través de Bizum. L. O.
La Agencia Tributaria es una de las instituciones más temidas en España, aunque no tendría por qué: gracias a la recaudación de impuestos, contamos con una sanidad y educación públicas que son para admirar. Aun así, llegado el momento de hacer la declaración de la renta, mucha gente comienza a temblar.
Uno de las mayores dudas sobre Hacienda y la declaración de ingresos es cómo tributan las transferencias bancarias y a partir de qué cantidad comienza la institución a investigarlas.
En los últimos años, este tipo de operaciones bancarias se han multiplicado gracias al desarrollo de la banca electrónica y, recientemente, la incorporación de Bizum al paquete de servicios. Gracias a estas herramientas, podemos intercambiar grandes sumas de dinero en cuestión de días o segundos.
Mientras que a través de Bizum se pueden transferir hasta 500 euros en tan solo unos clics, la cantidad a declarar cuando realizamos una transferencia bancaria es bien distinta.
Según la Ley General Tributaria, los bancos están «obligados a proporcionar a la Administración tributaria toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas».
La cantidad de dinero a partir de la cual hay que declarar ante Hacienda es 10.000€: a partir de esta cantidad, los ciudadanos están obligados a incluirlo en la declaración de la renta.
Aunque la cantidad obligatoria para dar explicaciones a la Agencia Tributaria es 10.000€, es importante recordar que el organismo vigila todos los movimientos y puede solicitar al banco que le suministre los datos independientemente de la cantidad enviada.
Los contribuyentes deben dar cuenta de las transferencias superiores a 10.000€ a través del modelo SI y quienes no lo hagan, se enfrentan a sanciones de entre 600€ y hasta el 50% de la cantidad enviada.
Además, si no se justifica el origen del dinero se pueden imponer multas leves, de hasta 60.000€; o muy graves, de más de 150.000€.
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