LA PROVIDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LIMASA ES UNA RESOLUCIÓN DE TRÁMITE QUE NO SE PRONUNCIA SOBRE LA APLICACIÓN DEL CONVENIO LABORAL 2010/12

 El TS ha concedido a las partes un trámite de alegaciones, propio de los recursos laborales de casación para la unificación de doctrina, acerca de la admisibilidad del recurso interpuesto por la empresa

La empresa de limpieza alegará sobre la admisibilidad del recurso, y, en el caso de no prosperar dicha acción, quedará a la espera de que dicte sentencia el Juzgado de lo Social 12, instancia que es la que tiene que determinar los acuerdos laborables aplicables

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